Con el objetivo de mitigar los efectos económicos del covid-19, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 434 de 2020 por medio del cual se extendió hasta el 3 de julio de 2020 el plazo para renovar el Registro Nacional de Turismo (RNT). MinComercio les recordó a los prestadores de servicios turísticos que el RNT pasó a ser un acto de anotación sin cargue documental, por lo que no se tendrán cobros asociados al impuesto para cumplir con esta obligación.
Se recordó que es primordial tener en cuenta que se deberá realizar una solicitud de renovación por cada uno de los registros que se tengan.
De no actualizarlo dentro del periodo señalado, este se suspenderá automáticamente hasta que se cumpla con dicha obligación.
Para llevar a cabo este proceso se debe ingresar al siguiente link: https://rnt.confecamaras.co/establecimientos.
Para realizar la reactivación se debe hacer el pago a favor del Fondo Nacional del Turismo (Fontur), por el valor de un salario mínimo mensual legal vigente.