Cambiarán requisitos para tarjetas de guías de turismo

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo está preparando cambios en la reglamentación para guías de turismo profesionales, que eliminaría algunos de los requisitos existentes y añadiría otros nuevos. Conoce qué cambiará.

A través de un decreto que modificaría la Sección 10 del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, el Ministerio de Comercio busca reglamentar el guionaje turístico y su ejercicio. De esta forma, la normatividad vigente tendrá cambios en los requisitos que deben contar los profesionales para acceder a la tarjeta de gruías de turismo.

Uno de los principales cambios que tendrá será la eliminación de la exigencia de un segundo idioma para poder ejercer esta actividad. No obstante, seguirá siendo una obligación del guía de turismo informar previamente en qué idioma prestarán el servicio, la duracion y el número máximo del grupo que integrará el servicio.

Además de la eliminación de la exigencia, el decreto también estipula que los guías  tendrán la posibilidad de especificar en qué idioma saben hablar.

Asimismo, la Tajeta de Guía de Turismo se podrá obtener de manera virtual y sin costo por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, una vez se verifiquen el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Título de educación superior del nivel tecnológico como guía de turismo, certificado por el SENA o por una Entidad de Educación Superior reconocida por el Gobierno Nacional.
  2. Aprobación de los cursos de homologación que el SENA diseñe para tal fin y ostente un título profesional en las áreas afines del conocimiento que determine el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  3. Obtención de las cualificaciones que determine el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de los mecanismos que establezca el Sistema Nacional de Cualificaciones y sus tres (3) vías de cualificación, en articulación con el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC) según lo dispuesto en la reglamentación que expida el Gobierno Nacional sobre el particular.
  4. Certificación por competencias laborales, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Cabe recordar que también se expedirá la tarjeta de guías de turismo a aquellos que cuenten con una autorización como guía de turismo por parte de la Corporación Nacional de Turismo o autorización de la autoridad departamental competente, expedidos antes de que se expidiera la Ley 300 de 1996.

En la actualidad, se registran 1 800 guías de turismo en Colombia identificados con el Registro Nacional de Turismo. Según Anato, el cambio de la normatividad recoge aspectos relevantes de la actividad como las funciones de los guías del turismo, sus obligaciones y derechos.

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