Tras
la expedición del Decreto 457 por parte del Gobierno Nacional, mediante
el cual se imparten instrucciones para el cumplimiento del Aislamiento
Preventivo Obligatorio de 19 días en todo el territorio colombiano, se
conoció que el sector hotelero cuenta con algunas excepciones. En el
numeral 20 del Artículo 3 se establece que “los restaurantes ubicados
dentro de las instalaciones hoteleras solo podrán prestar servicios a
sus huéspedes”. Asimismo, están exceptuadas del aislamiento “las
actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes,
estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia
sanitaria”. |