Con algunas modificaciones a los condicionamientos formulados en la Resolución anterior, la Aeronáutica Civil confirmó la operación de integración de Avianca y Viva y fijó un plazo para que el “ente integrado” comunique su decisión final.
Se trata de la Resolución 873 del 5 de mayo de 2023 de la Aeronáutica Civil, en donde se responden los recursos de apelación en segunda instancia presentados por las aerolíneas Avianca, Viva Air, Wingo, Ultra Air, Latam, JetSmart y la Procuraduría General de la Nación, contra la Resolución 00518 del 21 de marzo de 2023.
De esta manera, la autoridad aérea confirma la aprobación de la integración de Avianca y Viva y da un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de expedición de la Resolución —es decir, hasta el 10 de mayo— para que el “ente integrado” comunique la decisión final de implementar o no la integración.
Los condicionamientos señalados en la Resolución 00873 del 5 de mayo de 2023 establecen entre otras, las siguientes responsabilidades en cabeza del ente integrado:
- Que se respeten y atiendan los derechos de los usuarios de Viva Air; que se les reembolsen los tiquetes de los vuelos cancelados o se les permita volar a quienes tengan reservas y tiquetes pendientes de ejecutar.
- La devolución de slots de salidas y llegadas, ajustándolos de tal manera que se utilice de forma más eficiente la infraestructura del Aeropuerto Internacional El Dorado, garantizando las condiciones de competencia y posibilitando la permanencia de Viva Air.
- Mantener el esquema de “bajo costo” de Viva Air como una opción que materialice alternativas a los usuarios del servicio de transporte aéreo, especialmente en aquellas rutas que solo eran operadas por dicha aerolínea.
- La devolución de frecuencias en la ruta Bogotá – Buenos Aires de ser requerido, la cual resulta particularmente impactada por la transacción, velando por los derechos de los pasajeros y sin afectar la oferta de sillas, abriendo la posibilidad a otros operadores, cuando haya manifestaciones de interés.
En ese orden de ideas, una de las modificaciones se refiere al punto “b” relativo a los slots. Ya no se habla a secas de “devolución de slots”, sino de ajustarlos para aprovechar de manera más eficiente la infraestructura del Aeropuerto Internacional El Dorado.
La Resolución mención también reitera el condicionamiento 4 (Acuerdo Interlínea o de código compartido con Satena) en donde se obliga a Avianca a establecer un espacio de negociación “y de ser factible, se suscriba un documento que materialice un acuerdo con Satena” que analice o discuta acuerdo de código compartido y la certificación IOSA para la aerolínea estatal
El periodo de negociación se extenderá hasta por ocho meses contados a partir de la notificación de implementación, señala la Resolución 873 del 5 de mayo de 2023.