La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Secretaría de Gobernación (Segob) de México publicaron los ‘Lineamientos generales para la expedición de las visas electrónicas’, que agilizará la expedición de este documento a los países que lo requieran, como Brasil.
Los lineamientos, emitidos a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de julio, explican las acciones con las que se busca agilizar y modernizar los diferentes procedimientos migratorios en México de cara a eventos como el Mundial de Fútbol 2026. Por ejemplo, la visa electrónica se podrá tramitar desde el extranjero sin necesidad de acudir a una oficina consular mexicana.
“Como parte de las acciones de modernización y simplificación administrativa, la Secretaría de Relaciones Exteriores conformará expedientes digitalizados, recabando datos biométricos, electrónicos y con certificado digital“, destaca la publicación. De esta forma, se eliminan los requisitos de fotografía y presentación de copias en el trámite de solicitud de visa ante los consulados.
La visa electrónica podrá ser solicitada por extranjeros que deseen visitar México sin permiso para realizar actividades remuneradas por un periodo de hasta 180 días. Para las personas a las que se les conceda esta permiso, se generará un código que podrán imprimir o descargar en su dispositivo móvil para presentarlo en la aduana mexicana.
Cabe aclarar que, de acuerdo a los lineamientos, la visa electrónica será aplicable a países que tengan un acuerdo legal vigente con México para la exigencia de este documento. Por eso, Colombia, al menos por ahora, no se encuentra dentro de esta lista, pues hasta la fecha no se requiere visa para ingresar al territorio mexicano.
Los siguientes son los documentos que deben presentar las personas que deseen tramitar su visa electrónica:
- Pasaporte vigente.
- Solicitud de visa electrónica diligenciada.
- Fotografía digital en fondo blanco (formato jpg, jpeg o png) con un peso entre 2 o 5 MB.
- Certificado de pago de derechos de la visa electrónica.
Los lineamientos entrarán en vigor a los 15 días calendario siguientes a los de su publicación en el DOF, o sea, el próximo 9 de agosto. Se tendrá un plazo máximo de 180 días para implementar las disposiciones relacionadas con la solicitud de la visa electrónica.