Nuevas condiciones para ingresar al país por vía aérea dispuso el Gobierno Nacional al eliminar el requisito de tener un resultado negativo de prueba PCR con hasta 96 horas de anterioridad al vuelo, para aquellos viajeros que necesitaran llegar a Colombia, el cual hasta la fecha existía.
Así lo dispuso el Ministerio de Salud, quien emitió la resolución 1972 del 2020 en la que modifica y elimina el requisito de tener un resultado negativo.
La modificación se hace mediante resolución con la cual se establece que “los requisitos previos al vuelo son, en primera medida, no presentar fiebre o síntomas respiratorios asociados al covid-19. De igual manera, se impedirá el abordaje a aquellos viajeros que no hayan diligenciado previamente la aplicación Check– Mig”, destacó Julián Fernández Niño, director (e) de Epidemiologia y Demografía, añadiendo que estas disposiciones se hacen en el marco de la estrategia de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS).
Por su parte, las aerolíneas deberán informar a sus pasajeros que al llegar a Colombia serán objeto de seguimiento por parte de su asegurador, secretaría de Salud o a través del Centro de Contacto Nacional de Rastreo (CCNR). De la misma manera estas entidades, así como los operadores de los aeropuertos, tienen el compromiso de recordar a sus viajeros que el uso del tapabocas es obligatorio para toda persona mayor de dos años de edad durante todo el vuelo.
Se precisa además que los viajeros deben evitar en la medida de lo posible el uso del baño en vuelos de menos de dos horas. Los mismos deben llevar múltiples tapabocas para remplazarlos durante el viaje y permanecer en la silla asignada durante el tiempo del vuelo.
Otras responsabilidades de los viajeros
Se dispone en el nuevo acto administrativo que los pasajeros deben responder al rastreo y seguimiento estricto que realizará la EPS o la secretaria de Salud de la jurisdicción donde permanece, por lo cual esta medida aplica tanto para nacionales como para extranjeros.
Además, las personas deben reportar a estas instituciones si durante los 14 días posteriores a su viaje presentan síntomas sospechosos al covid-19 y seguir las medidas indicadas, las cuales serán costeadas por los viajeros en caso de no estar asegurado.
También se establece que los pasajeros que planean salir de Colombia deben ingresar al aeropuerto con 3 horas de anticipación para el abordaje al vuelo, hacer uso del tapabocas desde el ingreso a la terminal aérea, durante el vuelo y en el puerto de llegada; así como conocer todos los requisitos sanitarios del país de destino, tales como cuarentenas o pruebas.
Al respecto, Fernández Niño aclaró que el requisito de pruebas en los países destino no lo establece el gobierno de Colombia, sino son disposiciones de cada nación impone y por ende deben ser cumplidas por los viajeros.