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Aernáutica Civil plantea cambios en la formación de pilotos

El ajuste se plantea tras un año de aplicación de nuevas condiciones para la formación de pilotos. El debate pone sobre la mesa cómo equilibrar los requerimientos regulatorios con las necesidades operativas de las aerolíneas.

La Aerocivil puso a consideración un Proyecto de Resolución que modifica nuevamente el RAC 121, norma que establece los requisitos de operación para vuelos domésticos, nacionales e internacionales, regulares y no regulares. La propuesta modifica las condiciones para la instrucción de vuelo inicial, de transición y de promoción de pilotos, además de introducir ajustes en la sección relacionada con las limitaciones de edad del personal aeronáutico.

El cambio en la instrucción de aviadores

El proyecto modifica la sección 121.1630 del RAC 121, que actualmente establece que la instrucción de vuelo inicial, de transición y de promoción para pilotos debe realizarse con tripulación completa, conformada por piloto al mando y copiloto. La propuesta elimina esta condición general. De esta manera, la instrucción dejaría de estar sujeta a la obligación de estar siempre con ambos pilotos, aunque continuarían aplicándose los contenidos técnicos y operacionales previstos en los programas de instrucción aprobados.

La modificación responde, según explica la autoridad, a las dificultades que la exigencia introducida en 2025 ha generado para los operadores en la programación de entrenamientos, la disponibilidad de simuladores, la asignación de instructores y el uso de tripulaciones operativas. La entidad señala que esto también representa mayores requerimientos de recursos y costos para las compañías.

El proyecto parte además de la consideración de que los modelos utilizados antes de la modificación de 2025 habían presentado niveles aceptables de desempeño y seguridad operacional. Por ello, la Aeronáutica plantea regresar a un esquema que, a su juicio, permite cumplir los objetivos de instrucción sin mantener la exigencia de tripulación completa en todas las fases iniciales, de transición y de promoción.

La modificación no elimina el resto de los componentes de formación establecidos en el RAC 121. Los programas deben contemplar, según corresponda, instrucción inicial, de transición, promoción y diferencias, además de entrenamiento periódico. También deben garantizar que los tripulantes permanezcan entrenados, vigentes y competentes para el avión, la posición que desempeñan y el tipo de operación en el que participan.

Entre los contenidos previstos para pilotos figuran procedimientos de despacho, peso y centro de gravedad, meteorología, control de tránsito aéreo, navegación, comunicaciones normales y de emergencia, CRM y conocimientos específicos del tipo de aeronave.

El entrenamiento periódico de vuelo conserva, por su parte, la exigencia de realizarse con tripulación completa. Este incluye sesiones en simulador y un período de entrenamiento orientado a la línea de vuelo (Loft, por sus siglas en inglés), que debe desarrollarse en escenarios representativos de las operaciones del explotador y contemplar tanto procedimientos normales como situaciones anormales.

Límites de edad para los pilotos

El proyecto también modifica la sección 121.1410, correspondiente a las limitaciones en el uso de los servicios del personal aeronáutico.

El RAC 121 vigente establece que una persona no puede actuar como piloto al mando o copiloto después de cumplir 65 años. En una tripulación conformada por más de un piloto, solo uno puede tener más de 60 años. La propuesta mantiene ambos límites: 65 años como edad máxima para ejercer como piloto al mando o copiloto y la condición de que solo uno de los integrantes de una tripulación de más de un piloto pueda superar los 60 años.

También permanecen los requisitos generales para ejercer funciones como tripulante o despachador de vuelo: contar con una licencia vigente, la habilitación o autorización correspondiente y una evaluación médica vigente de acuerdo con la licencia utilizada.

¿Por qué importa para el turismo?

Aunque el proyecto corresponde a la regulación aeronáutica, el cambio tiene interés para el sector turístico porque incide en uno de los recursos necesarios para sostener la operación de las aerolíneas: la disponibilidad de pilotos habilitados y entrenados.

No significa por sí mismo más vuelos ni nuevas rutas, pero sí modifica una condición que interviene en la gestión de los recursos necesarios para mantener la programación aérea.

Puede consultar el documento completo aquí:

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