El próximo 30 de marzo vence el plazo para que los prestadores de servicios turísticos puedan reactivar el Registro Nacional de Turismo (RNT) de forma gratuita.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo recuerda que este año los interesados podrán acogerse al beneficio transitorio del no cobro de la multa de un (1) salario mínimo para la respectiva renovación, que viene en la nueva Ley General de Turismo.
Este apoyo contenido en la Ley es para aquellos profesionales que, en medio del periodo de Aislamiento Preventivo Obligatorio, dejaron pasar el plazo para la renovación sin multa, el pasado 3 de julio de 2020.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 019 de 2012, la inscripción tiene una vigencia anual y debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año.
Es primordial tener en cuenta que se deberá realizar una solicitud de renovación y/o reactivación por cada uno de los registros que se tengan.
De no finalizar la renovación dentro del periodo señalado, este se suspenderá automáticamente el primero (1) de abril de 2021, hasta que se cumpla con dicha obligación.
Realiza este proceso aquí: https://rnt.confecamaras.co/login